España no figura como paraíso fiscal para empresas extranjeras

La concepción de que los multimillonarios de Centroamérica emplean a España como un refugio fiscal carece de fundamento. En realidad, los Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDIs) son instrumentos esenciales creados para incentivar la inversión del exterior y promover la competitividad global. Estos pactos, que siguen los modelos de la ONU y la OCDE, posibilitan que las naciones desistan de su derecho a gravar conforme a su normativa interna, creando así un entorno fiscal favorable para las multinacionales que operan en varias regiones.

Cada nación dispone de la libertad para definir sus propios procesos al implementar los CDIs. Por ejemplo, Panamá y República Dominicana poseen normativas particulares que garantizan un uso correcto de estas ventajas. Por otro lado, en Costa Rica y El Salvador, es obligatorio para los contribuyentes conservar la documentación necesaria que respalde el empleo de los CDIs.  Actualmente, Guatemala, Honduras y Nicaragua no cuentan con CDIs en vigor.

Asimismo, la puesta en marcha del Instrumento Multilateral (MLI) intenta impedir la disminución de la base imponible, proporcionando flexibilidad en la modificación de los CDIs y consolidando las leyes fiscales en la región. Conforme los países avanzan en su recuperación tras la pandemia, se ha puesto como prioridad la adecuada ejecución de los CDIs vigentes, haciendo hincapié en los principios de transparencia y contenido tangible.

Por lo tanto, en lugar de ser considerado un paraíso fiscal, España y los CDIs simbolizan un esfuerzo de las naciones centroamericanas para optimizar su ambiente fiscal y atraer inversiones legítimas. Esto aclara el malentendido de que estos acuerdos se emplean como instrumentos de evasión fiscal.

¿Por qué la creación de holdings en España por parte de grupos empresariales centroamericanos?

La creación de holdings en España por parte de grupos empresariales centroamericanos responde a estrategias de crecimiento y protección de inversiones en mercados más maduros. En España, se aplica un impuesto del 25% sobre ingresos de estos grupos centroamericanos no gravados en su país de origen, que puede aumentar a más del 30% para ciertos ingresos. Por lo tanto, la creación de estos holdings implica una tasa impositiva adicional del 1,25% respecto a impuestos ya pagados en países como Guatemala, Honduras o Costa Rica, ya que no existe un acuerdo para evitar la doble tributación entre estos países y España. Por tanto, no existe ninguna ventaja de tipo tributario, sino que obedece sólo a motivos estratégicos en las operaciones en el continente europeo.

En naciones como Nicaragua, Honduras o Costa Rica, las compañías enfrentan una carga tributaria promedio que supera al 40%, 50% e incluso el 60%, según revela un estudio de la Federación de Cámaras de Comercio del Istmo Centroamericano (FECAMCO). Esto demuestra que los grupos que operan en España no solo cumplen con la fiscalidad local, sino que también están sujetos a un impuesto adicional del 1,25%. Por lo tanto, resulta evidente que es absurdo pensar que la creación de holdings empresariales busca la evasión fiscal, ya que el verdadero propósito es establecer una estructura que cumpla reglamentaciones y que facilite una gestión eficiente de sus operaciones en diferentes jurisdicciones.

¿Se puede considerar a España un paraíso fiscal?

España nunca ha sido considerada un paraíso fiscal, debido a su estructura tributaria y regulaciones estrictas, que contrastan con las características comunes de los paraísos fiscales. Todo lo contrario, se percibe más como un «infierno fiscal» para muchas de las empresas nacionales o extranjeras que operan en el país. Algunas de estas características que la alejan de los paraísos fiscales, son:

1. Tasas impositivas elevadas

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): las tasas marginales pueden superar el 45%, según la comunidad autónoma.

Impuesto sobre Sociedades: la tasa estándar es del 25%, aunque algunas empresas terminan pagando más debido a los recargos o a la ausencia de ciertos beneficios fiscales.

IVA: Se encuentra entre las tasas más elevadas de Europa, con un tipo general del 21%.

2. Carga tributaria general

La presión fiscal global, que abarca tanto impuestos directos como indirectos, es elevada en comparación con otros países de la Unión Europea, particularmente para las empresas.

3. Complejidad administrativa

Cumplir con las obligaciones fiscales en España demanda una considerable inversión de tiempo y recursos. La burocracia administrativa puede resultar agobiante, especialmente para las empresas.

4. Diversidad de impuestos

Además de los impuestos nacionales, hay tributos autonómicos y locales, tales como el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, y gravámenes locales como el IBI o la plusvalía municipal, los cuales incrementan la carga fiscal.

5. Fiscalización y sanciones

La Agencia Tributaria es reconocida por su enfoque riguroso en la recaudación. Las sanciones por errores u omisiones en las declaraciones fiscales pueden ser muy severas.

6. Limitada flexibilidad para empresas

Comparado con otros países, España ofrece menos incentivos fiscales para atraer a empresas internacionales, lo que reduce su competitividad como un destino de negocios.

En el debate público, la fiscalidad en España suele considerarse excesiva, sobre todo al compararla con países que proporcionan tasas más bajas, incentivos fiscales atractivos o que no imponen impuestos directos sobre la riqueza, a diferencia de lo que ocurre en los paraísos fiscales.

En contraposición, los paraísos fiscales suelen tener características opuestas: bajas tasas impositivas, alta confidencialidad financiera, y marcos legales diseñados para atraer capital extranjero y reducir la carga fiscal.

¿Resultan más atractivos otros países europeos para establecer holdings empresariales?

España no es uno de los destinos preferidos por compañías o grandes fortunas latinoamericanas debido a sus tasas impositivas, sino más bien por la cercanía cultural y los lazos históricos con estos países. De acuerdo con el Observatorio Fiscal de la UE, los sistemas fiscales europeos no siguen un enfoque uniforme, aunque ciertos países han establecido regímenes fiscales para captar capital extranjero. Basándose en ventajas fiscales generales y regímenes especiales diseñados para atraer inversiones, los siguientes países destacan en Europa, superando ampliamente a España:

  • Irlanda: con un impuesto de sociedades del 12,5%, logra atraer a gigantes multinacionales como Facebook o Google.
  • Hungría: proporciona el impuesto de sociedades más bajo de Europa, del 9%.
  • Chipre: es atractivo por su impuesto del 12,5% y sus convenios de doble imposición.
  • Luxemburgo: conocido por sus regímenes especiales dirigidos a empresas globales.
  • Países Bajos: destacado por su entorno fiscal favorable para holdings y acuerdos internacionales.
  • Malta: ofrece reembolsos fiscales efectivos que pueden reducir las tasas al 5% en algunas situaciones.
  • Estonia: se distingue por la aplicación única de impuestos únicamente sobre las ganancias distribuidas.
Por David Arredondo

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