El sistema de proteccion a la vejez colombiano esta conforme por dos aparatos que compiten entre si, pero de llegar aprobarse el proyecto de ley de reforma de pensiones que el Gobierno radicó ante el Congreso estos pasarían a complementarse y se crearían cuatro pilares.
El Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana hizo un análisis sobre cómo está hoy el sistema y cómo quedaría.
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¿Cómo funciona hoy el sistema?
El primer regimen es el administrado por Colpensiones. Este es público y las cotizaciones se direccionan hacia el pago de quienes ya están pensionados. Dado que las cotizaciones se divide entre los pensionados, se le conoce como régimen público de reparto o Régimen de Prima Media (RPM).
El segundo está administrado por las AFP (Colfondos, Protección, Porvenir y Skandia). Este es privado y las cotizaciones se horran para construir un capital para pagar en un futuro las pensiones de los cotizantes.
Dado que las cotizaciones se ahorran en una cuenta a number del afiliado, se le conoce como Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais).
Cada cotizante, al inicio de su vida laboral y antes de estar a 10 años de la edad de jubilación, escoge si afiliarse al público (Colpensiones) o al privado (alguna de las AFP). Por tanto, estos compiten entre sí por los aportes obligatorios que hacen los afiliados.
En ambos, la tasa de cotización (el porcentaje del salario destinado a alguno de los dos regímenes) es del 16 por ciento.
¿Cómo se calcula la pensión?
En el régimen público de reparto, la pensión es un pórtico del salario devengado en los 10 últimos años de vida laboral. En el caso del privado, la pensión es una fracción del capital acumulado.
En el público se accede a una pensión de vejez si se cumple la edad necesaria (62 años para los hombres y 57 años para las mujeres) y al menos 1.300 semanas (26 años) de cotización. En el privado, se debe cumplir con el mismo requisito de edad pero con 1,150 semanas (23 años) de cotización o contar con capital acumulado suficiente para obtener una pensión equivalente a 110 por ciento de un salario mínimo.
Al final de la vida laboral, solo 1 de cada 4 adultos mayores logra obtener una pensión, es decir, tan solo el 25 por ciento. Aun sumando los pensionados de los regímenes exceptuados y los beneficiarios de Colombia Mayor y los BEPS, siguen teniendo 3,9 millones de adultos mayores que se encuentran económicamente desprotegidos. Como si esto fuera poco, sólo existiera una brecha entre quienes lograron alcanzar los requisitos para una pensión y quiénes no.
Las personas que no logran cotizar las suficientes semanas (usualmente personas con menos recursos y empleos más inestables) terminan subsidiando a aquellas quienes sí lo logran (usualmente con empleos más estables y mayores ingresos). De hecho, el actual sistema de pensiones es regresivo.
¿Qué cambios planta la reforma?
El proyecto de ley pretende implementar un sistema de pensiónl donde el régimen público (en cabeza de Colpensiones) y el régimen privado (en cabeza de las AFP y otras entidades autorizadas) se complementan para poder competir. Este sistema consta de cuatro pilares:
1. El pilar solidarioconsiste en una renta básica que será como mínimo de 223,000 pesos mensuales para adultos mayores de 65 años que no tengan pensión y que se encuentren en situación de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad conforme a los criterios de focalización que estableció el gobierno una vez aprobado La reformacion.
2. El pilar semicontributivoque cubre a las personas que devengan menos de un salario mínimo (y por lo tanto no pueden cotizar al pilar contributivo) ya las personas que cotizan al pilar contributivo pero que no alcanzan las semanas necesarias para recibir una pensión.
3. El pilar contributivo, al cual cotizan todos los trabajadores formales, pero que solo disfrutan quienes cotizan las suficientes semanas para recibir una pensión. Este pilar consta de dos componentes:
a) El componente de prima media (Colpensiones), hacia donde fluyen todas las cotizaciones con una base de hasta 3 salarios mínimos.
b) El componente de ahorro individual (fondos privados), hacia donde fluyen todas las cotizaciones con una base por encima de 3 salarios mínimos.
4. El pilar de ahorro voluntario.
El Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana dice que es importante señalar qu’este sistema de pilares solo aplica para quienes al 1ro de enero de 2025 tendrán menos de 1,000 semanas cotizadas. El resto entraría dentro de un régimen de transición.
Tal como en el sistema actual, el monto de la pensión en el sistema de pilares depende no solamente de las cotizaciones, sino también de las semanas fueron cotizadas.
* Con información del Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana.
* EL TIEMPO forma parte de un conglomerado de empresas pertenecientes a AFP.